APOYO A LA INICATIVA EMPRENDEDORA
España viene atravesando
una grave y
larga crisis económica
con agudas consecuencias
sociales. Entre 2008 y 2012 se han destruido casi 1,9 millones de empresas en España,
más del 99,5
por ciento de
ellas con menos
de 20 asalariados,
frente a la creación de 1,7 millones de empresas, a
pesar de la grave situación del desempleo en España.
Teniendo únicamente en cuenta a los jóvenes empresarios, la
situación de España se vuelve especialmente dramática durante la crisis,
habiendo el número de empresarios de 15 a 39 años registrado una caída de más
del 30 por ciento desde 2007 a 2012.Esta situación justifica por sí misma la
necesidad de emprender reformas favorables al crecimiento y la reactivación
económica.
En segundo lugar, el entorno normativo e institucional en el
que se desenvuelven las actividades
empresariales resulta de
esencial importancia para
impulsar ganancias de productividad y ahorrar recursos que
actualmente se dedican al cumplimiento del marco jurídico.
El cumplimiento del marco jurídico vigente exige
frecuentemente, no sólo la contratación de servicios de asesoramiento, sino
también la dedicación de recursos humanos a este fin, lo que resulta
especialmente gravoso para las empresas de menor dimensión.
En tercer lugar, las dificultades para acceder a
financiación son uno de los mayores problemas a los que se enfrentan
estructuralmente las empresas, por ello resulta esencial impulsar canales de
financiación, tanto bancarios como no bancarios, que contribuyan a suavizar los
efectos sobre las empresas de la restricción en el crédito.
En cuarto lugar, existe margen para mejorar el entorno de la
investigación, el desarrollo y la
innovación, así como
en la utilización
de las tecnologías
de la información
y comunicaciones, esenciales para el crecimiento y la competitividad de
un país.
Todos estos aspectos están regulados en la Ley 14/2003, de
27 de diciembre, de apoyo al emprendimiento y a la internacionalización, concretamente
en el Título I “Apoyo a la iniciativa emprendedora”, Capítulo I “Educación el
emprendimiento”. En sus artículos se regulan las competencias, habilidades y
medidas requeridas para emprender.
La idea del emprendedor y de la cultura empresarial como
elementos indispensables para el desarrollo
económico y social
de España se
ha venido introduciendo
de forma expresa en algunas etapas educativas, pero se considera
necesario subrayar y ampliar este elemento,
incorporándolo como objetivo
específico en todas
las etapas de
la educación básica, así como en
la Formación Profesional y en el bachillerato. Consecuentemente, se encomienda
a las administraciones educativas la revisión y adecuación de los currículos de
las enseñanzas regladas a estos nuevos objetivos.
Para fomentar la cultura del emprendimiento resulta
necesario prestar especial atención a las enseñanzas universitarias, de modo
que las universidades lleven a cabo tareas de información y asesoramiento para
que los estudiantes se inicien en el emprendimiento.
A efectos de promover a través del sistema educativo la
cultura del emprendimiento es esencial que el profesorado reúna las
competencias y habilidades necesarias para cumplir de forma eficaz tal
objetivo. A tal efecto, se contemplan medidas que inciden tanto sobre la formación inicial,
como sobre la
formación permanente del profesorado, siempre
en colaboración con las Comunidades Autónomas.
Además, las medidas que esta Ley introduce en el ámbito
educativo deben completarse con las de la Ley Orgánica de Mejora de Calidad Educativa, que prevé la estimulación del espíritu emprendedor a través
de la posibilidad de elección de las trayectorias educativas más adecuadas y de
la creación de las condiciones para que todos los alumnos puedan adquirir y
expresar sus talentos.
Según su artículo 4 de la ley de emprendedores, los currículos
de Educación Primaria,
Secundaria Obligatoria, Bachillerato
y Formación Profesional incorporarán
objetivos, competencias, contenidos
y criterios de evaluación
de la formación
orientados al desarrollo
y afianzamiento del
espíritu emprendedor, a la adquisición de competencias para la creación
y desarrollo de los diversos modelos
de empresas y
al fomento de
la igualdad de
oportunidades y del
respeto al emprendedor y al
empresario, así como a la ética empresarial.
Las
Administraciones educativas fomentarán
las medidas para
que el alumnado participe en
actividades que le
permita afianzar el
espíritu emprendedor y
la iniciativa empresarial a
partir de aptitudes como la creatividad, la iniciativa, el trabajo en equipo,
la confianza en uno mismo y el sentido crítico.
El artículo 5 establece que se promoverán
las iniciativas de emprendimiento universitario
para acercar a los jóvenes
universitarios al mundo empresarial. Las
universidades fomentarán la
iniciación de proyectos
empresariales, facilitando información y
ayuda a los
estudiantes, así como
promoviendo encuentros con emprendedores.
Por último, el artículo 6 en ese sentido establece que el personal docente que imparte las enseñanzas que integran el sistema educativo deberá adquirir las competencias y habilidades relativas al emprendimiento, la iniciativa empresarial, la igualdad de oportunidades en el entorno empresarial, y la creación y desarrollo de empresas, a través de la formación inicial o de la formación permanente del profesorado. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con las Comunidades Autónomas, promoverá que los programas de formación permanente del profesorado incluyan contenidos referidos al emprendimiento, la iniciativa empresarial y la creación y desarrollo de empresas.
Como conclusión, en el apoyo a la iniciativa emprendedora no sólo es esencial el esfuerzo de los jóvenes para iniciarse en esta complicada tarea con la formación adecuada, sino también el del profesorado preparado para dar las pautas a seguir y conseguir que mentes inquietas por mejorar y crecer impulsen el crecimiento económico del país y ayuden a paliar los efectos perjudiciales de la crisis
A continuación un vídeo en el que se explican algunas ideas para emprender en un negocio.
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